Esta reflexión la hago en un comentario a la entrada que ya escribiera sobre el Poder Popular y aquí sólo la amplío un poco. El artículo 136 de la propuesta de reforma constitucional es una trampa doble: crea un poder público sin atribuciones y supedita el poder del pueblo a ese poder público.
De entrar en vigencia la nueva constitución, se creará un Poder Popular a la espera de su organización, de sus atribuciones y de sus competencias, con el agravante de que el Poder del Pueblo, la Soberanía del Pueblo tendrá que canalizarse y expresarse a través de ese Poder sin organización, sin atribuciones y sin competencias. ¿Quién le dará esos atributos si no lo hace la Constitución? Tendrá que ser una Ley, una que muy seguramente vendrá en el paquete de leyes que el presidente Chávez presentará tras la reforma constitucional, para lo cual está habilitado por la Asamblea Nacional.
Así, de aprobarse la reforma, la Soberanía del Pueblo estará literalmente en el bolsillo de Chávez.
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