El Presidente dio con la clave: La jornada de 36 horas semanales y 6 horas diarias se resuelve trabajando 8 horas de lunes a jueves y simplemente saliendo al mediodía el día viernes, liberando la tarde del viernes para que el país se dedique a actividades culturales, deportivas, sociales, turísticas, recreativas, en fin, para el cultivo espiritual de los individuos. Pero tal decisión demuestra dos cosas: la poca comprensión que los venezolanos, incluso los mismísimos proponentes, tenemos del proyecto de reforma constitucional y la predisposición a compensar esa falta de comprensión con violaciones a la reforma aún por aprobar.
Porque el Presidente intenta ser tajante en su proyecto de reforma. Así, el artículo 90 del mismo dice: A objeto que los trabajadores y trabajadoras dispongan de tiempo suficiente para el desarrollo integral de su persona, la jornada de trabajo diurna no excederá de seis horas diarias ni de treinta y seis horas semanales y la nocturna no excederá de seis horas diarias ni de treinta y cuatro semanales. Ningún patrono o patrona podrá obligar a los trabajadores o trabajadoras a laborar horas o tiempo extraordinario (...)
Si la discusión sobre la reforma estuviera enmarcada en un clima de sosiego y de creación de consensos entre los venezolanos, habríamos podido darnos cuenta de que el proyecto no dice que la jornada semanal durará 36 horas sino que no excederá de esa cantidad, dos cosas completamente distintas, porque si se trabaja 30 horas por semana se está completamente dentro de la norma. Tal disposición lo que busca es garantizarle el descanso semanal a los trabajadores que laboran en empresas o negocios que no se detienen ni siquiera sábados y domingos, como fábricas o tiendas de centros comerciales. Pero ni el propio Presidente se ha dado tiempo para releer su proyecto y sacarnos del error de interpretación. Por el contrario, se sumerge en él y da su solución mágica, explicada en el Aló Presidente de este domingo 7 de octubre: 8 horas de lunes a jueves, 4 el viernes. Sin embargo, esa solución violará el propio artículo 90, porque la norma es clara: la jornada de trabajo diurna no excederá de 6 horas diarias. Si proponer que trabajemos 8 horas de lunes a jueves no es una invitación del Presidente a que violemos la Constitución por venir, yo no sé qué es.
Esta alocución presidencial devela el espíritu que guía el proyecto de reforma: una serie de artículos redactados confusamente, con conceptos por definir y con supuestos difíciles de cumplir y hasta de conocer, que producirá la mayor de las discrecionalidades, donde la palabra del Presidente será la verdadera Constitución, independientemente de que esa palabra vaya en contra de la propia letra Constitucional.
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